Certificados de Nacionalidad de No Ciudadanía (=Nacional, no ciudadano).


Por Ciruelo

NOTA: La nacionalidad está asociada a “personas” y/o seres humanos actuando como personas, o corporaciones/franquicias estatales registradas, que son nacionales, es decir, tienen nacionalidad y algún tipo de identificación nacional para viajar (=certificado), como el Pasaporte, pero no están incorporados voluntariamente a un cuerpo político o de otro tipo (=corporaciones) con una ID (por ej: DNI) y el nombre en mayúsculas (Capitis Diminutio Máxima); es decir, no renunciando a sus derechos naturales inherentes e inalienables; dichos «cuerpos políticos» pueden ser un Ayuntamiento, Diputación, Comunidad Autónomia, o Estado, por eso te piden permiso de Residencia (=cosa identificada), o tu empadronamiento y domicilio, para enviarte los contratos, u ofertas de servicio, aka multas de tráfico, o pactos con la empresa de Electricidad, Telefónica, etc por ejemplo. Los pagos de impuestos están incluidos para los ciudadanos, al igual que los juramentos de ciudadanía. En nuestro país esto no se incluye o no se explica, para no dar ideas, por que somos muy ignorantes de estos temas y nos los han metido por la puerta de atrás. No existe en si una diferencia de significado en nuestro país, entre nacional y ciudadano, pero buscando su etimología, es obvio que no es lo mismo, y apenas hay sinónimos en el fraude del mundo legal.

El Departamento de Estado ocasionalmente recibe solicitudes de certificados de no nacionalidad de conformidad con la Sección 341 (b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), 8 USC 1452 (b).

Como lo indica el título del certificado, sólo una persona que es un ciudadano estadounidense no ciudadano (es decir, un ciudadano estadounidense pero no un ciudadano estadounidense) puede solicitar dicho certificado.

Según lo definido por el INA, todos los ciudadanos estadounidenses son ciudadanos estadounidenses, pero sólo un número relativamente pequeño de personas adquieren la nacionalidad estadounidense sin convertirse en ciudadanos estadounidenses. El artículo 101 (a) (21) del INA define el término “nacional” como “una persona que debe lealtad permanente a un estado”. El artículo 101 (a) (22) del INA establece que el término “nacional de los Estados Unidos “Incluye a todos los ciudadanos estadounidenses, así como a personas que, aunque no ciudadanos de los Estados Unidos, deben lealtad permanente a los Estados Unidos (ciudadanos no ciudadanos).

Sección 308 El INA confiere la nacionalidad estadounidense, pero no la ciudadanía estadounidense, a las personas nacidas en “posesión periférica de los Estados Unidos” o nacidas de un padre o padres que sean ciudadanos no ciudadanos que cumplan ciertos requisitos físicos de presencia o residencia. El término “posesiones periféricas de los Estados Unidos” se define en la Sección 101 (a) (29) de la INA como Samoa Americana y la Isla Swains. Ningún otro estatuto define ningún otro territorio o cualquiera de los estados como posesiones periféricas.

Además de la Sección 308 del INA, la Sección 302 de la Ley Pública 94 – 241 establece que ciertos habitantes del Commonwealth de las Islas Marianas del Norte, que se convirtieron en ciudadanos de los Estados Unidos en virtud del artículo III del Pacto, optaron por no ciudadanos Nacional. (Véanse los requisitos de la Sección 302).

Como el Departamento ha recibido pocas solicitudes, no hay justificación para la creación de un certificado nacional no ciudadano. El diseño de un documento separado que incluya mecanismos antifraude se consideraba un gasto ineficaz de recursos. Por lo tanto, el Departamento determinó que aquellos que serían elegibles para solicitar tal certificado pueden solicitar un pasaporte de los Estados Unidos que delinearía y certificaría su estatus como nacional pero no como ciudadano de los Estados Unidos.

Si una persona cree que él o ella es elegible bajo la ley como un ciudadano no-ciudadano de los Estados Unidos y la persona cumple con las disposiciones de la sección 341 (b) del INA, 8 USC 1452 (b), él / ella puede Solicitar un pasaporte en cualquier agencia de pasaportes en los Estados Unidos. Al solicitar, los solicitantes deben ejecutar un Formulario DS-11 y mostrar prueba documental de su nacionalidad no ciudadana, así como su identidad.

Secciones pertinentes de la ley sobre la nacionalidad no ciudadana

Sección 341 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

(B) Una persona que pretenda ser un ciudadano de los Estados Unidos, pero no un ciudadano, puede solicitar al Secretario de Estado un certificado de nacionalidad no ciudadana. Sobre – (1) prueba a satisfacción del Secretario de Estado de que el solicitante es nacional, pero no ciudadano, de los Estados Unidos; Y, (2) en el caso de un ciudadano extranjero nacido fuera de los Estados Unidos o de sus posesiones periféricas, tomar y suscribir, ante un oficial de inmigración dentro de los Estados Unidos o sus posesiones periféricas, el juramento de lealtad requerido de un Solicitante de naturalización.

Sección 101 (a) (21) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

El término “nacional” significa una persona que debe lealtad permanente a un estado.

Sección 101 (a) (29) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

El término “posesiones periféricas de los Estados Unidos” significa Samoa Americana y la Isla Swains.

Sección 101 (a) (36) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

El término “Estado” incluye el Distrito de Columbia, Puerto Rico, Guam y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.

Sección 308 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad:

A menos que se disponga lo contrario en la sección 301 de este título, serán nacionales, pero no ciudadanos de los Estados Unidos al nacer:

(1) Una persona nacida en posesión periférica de los Estados Unidos en o después de la fecha formal de adquisición de dicha posesión;

(2) Una persona nacida fuera de los Estados Unidos y perteneciente a una familia de padres que son nacionales, pero no ciudadanos de los Estados Unidos, y han residido en los Estados Unidos, o una de sus posesiones periféricas antes del Nacimiento de dicha persona;

(3) Una persona de ascendencia desconocida que se encuentre en posesión periférica de los Estados Unidos mientras tenga menos de cinco años, hasta que se demuestre, antes de cumplir los veintiún años, no haber nacido en tales posesiones; y

(4) Una persona nacida fuera de los Estados Unidos y sus posesiones periféricas de padres, uno de los cuales es extranjero, y el otro un ciudadano, pero no un ciudadano, de los Estados Unidos que, antes del nacimiento de dicha persona, Presente en los Estados Unidos o sus posesiones periféricas durante un período o períodos que no excedan de siete años en cualquier período continuo de diez años –

(A) durante el cual la matriz nacional no se encontraba fuera de los Estados Unidos o sus posesiones periféricas durante un período continuo de más de un año, y

(B) al menos cinco años después de cumplir los catorce años.

La cláusula de la sección (301 (g) se aplicará a la progenitora nacional de acuerdo con este párrafo de la misma manera que se aplica a la persona que es padre o madre en este artículo.

Artículo 302 de la Ley Pública 94 – 241:

Toda persona que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos únicamente en virtud de las disposiciones de la Sección 301 [aplicable a los nacidos o residentes en las Islas Marianas del Norte] podrá dentro de los seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigor de esa Sección o dentro de los seis La edad de 18 años, cualquiera que sea la fecha posterior, se convierte en un nacional pero no en un ciudadano de los Estados Unidos haciendo una declaración bajo juramento ante cualquier tribunal establecido por la Constitución o leyes de los Estados Unidos o cualquier otro tribunal de registro en el Commonwealth En la forma como sigue: “Yo _____ siendo jurado, por la presente declaro mi intención de ser un nacional pero no un ciudadano de los Estados Unidos.”

 

https://travel.state.gov/content/travel/en/legal-considerations/us-citizenship-laws-policies/certificates-of-non-citizen-nationality.html


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